lunes, 8 de noviembre de 2010

4. ¿En qué plazo se efectúan los pagos a cuenta mensuales de Primera Categoría?


Los pagos se realizarán considerando el último dígito del número de RUC del cronograma de obligaciones mensuales aprobado por la SUNAT. Para el ejercicio 2009 se deberá considerar el siguiente cronograma.
 
5. ¿Quién tiene la obligación de declarar y efectuar el pago del impuesto?


El arrendador o subarrendador cuando corresponda es quien debe declarar y pagar el impuesto dentro del cronograma de obligaciones mensuales aún cuando el inquilino no hubiera cancelado el monto del alquiler (criterio de lo devengado). Los inquilinos tienen la obligación de exigir al arrendador o subarrendador en caso corresponda, el recibo por arrendamiento- Formulario Virtual Nº 1683.


6. ¿Cómo y dónde obtienen los arrendadores el Formulario 1683 para entregárselos a los inquilinos?
Al momento de pagar el impuesto, recibirán el recibo por arrendamiento - Formulario N° 1683. El pago se puede efectuar en los siguientes bancos: Crédito, Interbank, Continental, Scotiabank y Nación.

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