viernes, 5 de noviembre de 2010

RENTA DE PRIMERA CATEGORIA

INTRODUCCION
A continuación se presentará el esquema general del Impuesto a la Renta de personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales, vigente para el ejercicio 2009, así como el esquema vigente a partir del 01 de enero de 2010 sobre la base de las modificaciones efectuadas por la Ley N.° 29492, Decreto Supremo N.° 313-2009-EF y Decreto Supremo N.° 011-2010-EF.

CONCEPTO

Se consideran como rentas de primera categoría los siguientes conceptos:
El arrendamiento o subarrendamiento de Predios. E.El arrendamiento o cesión temporal de bienes muebles o inmuebles distintos de predios, así como los derechos sobre estos.
  1. El valor de las mejoras introducidas en el bien por el arrendatario o subarrendatario, las cuales no son reembolsadas por el propietario constituyendo un beneficio para este.
  2. La cesión gratuita o a precio no determinado de predios efectuada por el propietario a terceros.








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